Europa
20/12/2018
19/12/2018
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Este reglamento modifica los requisitos de presentación de informes medioambientales establecidos en el Reglamento 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) con el objetivo de abordar las mejoras detectadas a la luz de la experiencia adquirida en el funcionamiento del EMAS.
Si la validación de la declaración medioambiental o de la declaración medioambiental actualizada debe llevarse a cabo después de la fecha de entrada en vigor de este reglamento pero antes del 9 de enero de 2020, la declaración puede, en esa ocasión, de acuerdo con el verificador medioambiental y el organismo competente, ser validada sin tener en cuenta la modificación introducida.
Si debe presentarse una declaración medioambiental actualizada no validada al organismo competente después de la fecha de entrada en vigor de este reglamento pero antes del 9 de enero de 2020, la declaración puede, en esa ocasión, de acuerdo con el organismo competente, ser elaborada sin tener en cuenta la modificación introducida.
Entra en vigor el 9 de enero de 2019.